Pagos adicionales para trabajadores por prestación de servicios: ¿Tienen derecho a prima?
Foto: Pixabay
Trabajadores por prestación de servicios, no están cobijados por las normas del Código Sustantivo del Trabajo que regulan las prestaciones sociales; por lo tanto, el pago de prima no está contemplado en la ley.
Teniendo en cuenta que los trabajadores por prestación de servicios son contratados bajo el vínculo de naturaleza civil, mediante el cual las partes, es decir personas naturales o empresas, acuerdan voluntariamente las condiciones para la prestación de un servicio determinado, a cambio de unos honorarios.
Además, una de las principales características del contrato por prestación de servicios es que las órdenes que siguen no son permanentes, sino que realizan trabajos puntuales. Es decir, aunque la persona tenga que cumplir unos objetivos y entregas, el contratista puede ser autónomo en el manejo de su tiempo y en la planeación de su trabajo, dado que el trabajador independiente no está vinculado como subordinado de la empresa.
En este sentido, es importante conocer si en diciembre estos trabajadores tienen derecho a la prima.
Trabajadores por prestación de servicios ¿Tienen derecho a prima?
Los trabajadores independientes o aquellos vinculados mediante contratos de prestación de servicios no tienen derecho a la prima de servicios ni a otras prestaciones sociales propias de una relación laboral, esto según el Ministerio de Educación Nacional.
Esto se debe a que, en estos contratos, no existe una subordinación laboral y se considera una relación de naturaleza civil o comercial. Por lo tanto, estos trabajadores no están cobijados por las normas del Código Sustantivo del Trabajo que regulan las prestaciones sociales.
En este sentido, es voluntario cualquier pago extra en diciembre por parte del empleador para sus trabajadores por prestación de servicios.
Por tal razón, es fundamental que tanto empleadores como trabajadores conozcan y respeten las normativas vigentes para no presentarse abusos laborales.
Te puede interesar: Beneficios laborales adicionales en diciembre
REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL