Hasta 8 años de cárcel: sanciones por agredir a integrantes de la Fuerza Pública
Foto: Colprensa
¿Sabías que atacar a un miembro de la Fuerza Pública, como un policía, puede acarrear en penas de prisión y multas económicas? Te contamos que dice la ley de nuestro país en estos casos.
En Colombia, la agresión hacia la Fuerza Pública es considerada un delito y esta sujeta a sanciones penales, lo que significa que, como agresor las personas pueden tener condenas de hasta 8 años de prisión.
En general, entre las sanciones se incluyen penas de privación de la libertad, multas económicas, entre otras medidas restrictivas, que dependerán de la gravedad de la agresión y las lesiones causadas.
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¿Por quiénes está conformada la Fuera Pública?
Según el artículo 1º del decreto 1861 de 2017, “la Fuerza Pública está integrada en forma exclusiva por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional”. Sin embargo, cuando nos referimos a las Fuerzas Militares, hablamos del Ejército Nacional, la Armada y la Fuerza Aérea.
Sanciones por agredir a un integrante de la Fuerza Pública
Entre las penalidades y multas por atacar a un policía o militar se encuentran:
- Penas de prisión: el artículo 43 de la Ley 1453 de 2011, se refiere a las sanciones frente a actos violentos realizados contra servidores públicos, indicando:
“El que ejerza violencia contra servidor público, por razón de sus funciones o para obligarlo a ejecutar u omitir algún acto propio de su cargo o a realizar uno contrario a sus deberes oficiales, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años”.
Cabe destacar que, los miembros de la Fuerza Pública son considerados servidores públicos, dado que están al servicio tanto del Estado como de la comunidad.
Precisamente, la Constitución Política de nuestro país establece en el artículo 123, “son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios”.
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- La ley 1801 de 2016, por el cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia, detalla en el artículo 35 las medidas correctivas al “agredir por cualquier medio o lanzar objetos que puedan causar daño o sustancias que representen peligro a las autoridades de Policía”.
Si se presenta este caso, las multas que se impondrán a las personas por estos comportamientos son de tipo 4, es decir que les cobrarán un monto de treinta y dos salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), junto a la participación en un programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.
¿Cuáles sanciones tiene un extranjero por agredir a un miembro de la Fuerza Pública?
De acuerdo con el artículo 100 de la Constitución Política, “los extranjeros disfrutarán en Colombia de los mismos derechos civiles que se conceden a los colombianos”, por lo mismo, les corresponde respetar las leyes y normas nacionales, así como las decisiones de las autoridades.
Dado que al ingresar a territorio colombiano los extranjeros deben acatar las normas del país, el no cumplir las leyes puede acarrear en sanciones económicas, deportación o expulsión, sin perjuicio de las sanciones penales.
REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL