¿Qué son las cesantías? ¿Cómo invertirlas de manera inteligente?
¿Qué son las cesantías?
Las cesantías fueron creadas para que en caso de que quedemos cesantes (desempleados), tengamos un "colchón" que nos permita mantenernos a flote por un tiempo, mientras resolvemos nuestra situación de desempleo.
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¿En qué las puedo invertir?
Según información del Fondo Nacional del Ahorro (FNA), la ley contempla los casos en los que puede invertir sus cesantías: pagar, adquirir, construir, mejorar o liberar gravámenes de bienes raíces destinados a la vivienda del trabajador o para financiar educación.
Si la inversión en estos campos no es el caso, podrá acceder a sus cesantías en caso de quedar desempleado.
Pero recuerde que es un ahorro acumulado por cada año laboral trabajado y que debe destinarlo a algo que apunte a asegurarle un futuro económico.
Mitos y realidades sobre las cesantías
Existen creencias muy generalizadas que pueden confundir a los ciudadanos y llevarlos a tomar decisiones equivocadas en cuanto a su destinación.
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¿Las cuotas de los fondos para administrar las cesantías son altas?
Falso. Corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia, establecer los montos máximos y las condiciones de la comisión de administración, los fondos privados se rigen por dicha normatividad, sin embargo el FNA, en su acuerdo 2177 de 2016 en su artículo 2, numeral 2, establece: "no cobrar comisión por la administración o retiro de las cesantías", siendo la única entidad administradora de cesantías del país que ofrece este beneficio.
¿El empleador decide dónde consignar las cesantías?
Falso. La ley 50 de 1990, en el numeral 3 del artículo 99, establece que será el trabajador quien elija el fondo de cesantías al que se quiere afiliar al momento de firmar su contrato. Por ende, el empleador deberá consignar allí las cesantías respectivas.
¿Los trabajadores independientes tienen derecho a cesantías?
Falso. No tienen derecho a cesantías debido a que estas se causan cuando existe un contrato entre un trabajador y un empleador.
De ahí nace jurídicamente para el primero el derecho a recibir las prestaciones sociales establecidas en la ley, estas son: prima de servicios, cesantías, vacaciones y los intereses de las cesantías.
Pero el Fondo Nacional del Ahorro tiene establecido el producto Ahorro Voluntario Contractual (AVC) para que los independientes accedan a vivienda y educación ,a través de las distintas modalidades de crédito que ofrece la entidad.
¿Las cesantías se heredan?
Verdadero. Los beneficiarios pueden presentarse al FNA y realizar el retiro del dinero por cesantías y/o AVC que el fallecido dejó en su cuenta. Dichos beneficiarios se clasifican así:
· Primeros beneficiarios: cónyuge o compañero(a) permanente (2 años en adelante).
· Segundos beneficiarios: hijos.
· Terceros beneficiarios: padres del fallecido.
¿Por qué tener las cesantías en el FNA?
Algunos de los beneficios que el Fondo Nacional del Ahorro ofrece a sus afiliados por cesantías, incluyen un rendimiento anual como mínimo igual a la inflación del año, no se cobra cuota de vinculación ni administración, 50 años de experiencia en el sector y una gran cobertura nacional con 77 puntos a nivel nacional.
Adquirir vivienda o estudiar para proyectarnos mejor profesionalmente, son inversiones donde el retorno a largo plazo puede ser prometedor para nuestra tranquilidad económica.
Fechas para el pago de cesantías e intereses 2019
Pago de intereses: hasta el 31 de enero del 2019 directamente a empleado. (El cálculo de los intereses se fija en el 12 % anual)
Pago de cesantías: El plazo se extiende hasta el 14 de febrero y la consignación se deberá hacer en el fondo de cesantías.