Posibles beneficiarios del programa Jóvenes en Paz

Jóvenes en Paz: ¿a quiénes beneficiará el programa y de cuánto serán las transferencias monetarias?


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¡Toma nota! Conoce algunas claves sobre cómo funcionará y cuáles serán los beneficios del programa Jóvenes en Paz del Gobierno Nacional.

Contenido

Por medio del Decreto 1649 de 2023 el Gobierno Nacional reglamentó el artículo 348 de la Ley 2294 de 2023, que crea el Programa Nacional Jóvenes en Paz, el cual entregará un máximo de 12 transferencias monetarias a beneficiarios ubicados en territorios afectados por la violencia y el conflicto armado.

El objetivo del programa será implementar una ruta de atención integral para jóvenes que se encuentren en condición de pobreza extrema, vulnerabilidad, explotación sexual, o que estén en riesgo de vincularse en dinámicas de criminalidad.

La ruta integral tendrá como propósito contribuir en la eliminación de las desigualdades económicas, territoriales, políticas y sociales, impulsar el goce del derecho a la igualdad, el cumplimiento de los principios de no discriminación y no regresividad, y la construcción de paz en los territorios”, precisa el artículo 1 del decreto 1649 de 2023.

Esta ruta contará con componentes de educación, corresponsabilidad o trabajo comunitario, emprendimiento y empleabilidad, atención integral en salud con un énfasis en salud mental y unas transferencias monetarias condicionadas.

A través de todos estos elementos el programa le ofrecerá a sus beneficiarios oportunidades en distintos ámbitos que les permitan fortalecer sus habilidades, y de esta forma transformar sus proyectos de vida, así como convertirse en constructores de paz en sus territorios y comunidades.

Para que conozcas más respecto a las disposiciones que contiene el decreto, tu amigo Canal Institucional te cuenta algunas claves de la norma.


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¿Quiénes serán beneficiarios del programa Jóvenes en Paz?

Las personas que cuenten con un documento de identidad expedido por una autoridad colombiana, que se encuentren entre los 14 y los 28 años, y que cumplan con alguna de las siguientes condiciones, son potenciales beneficiarios del programa Jóvenes en Paz:

  1. Estar en pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad en términos monetarios.
  2. Tener residencia habitual en zonas rurales.
  3. Ser, haber sido o tener riesgo de ser víctima de explotación sexual.
  4. Estar o tener riesgo de estar vinculado o vinculada a dinámicas de criminalidad, violencia o reclutamiento forzado.
  5. Estar en vulnerabilidad por tener residencia habitual en territorios afectados por la violencia o el conflicto armado.

Es importante destacar que la identificación de posibles candidatos que podrán ser beneficiarios del programa será realizada por la Dirección de Jóvenes en Paz del Ministerio de Igualdad y Equidad, según la metodología que establezca el Departamento Nacional de Planeación.

Asimismo, “los potenciales beneficiarios del programa serán identificados mediante el Registro Social de Hogares, instrumento de focalización que contendrá los registros administrativos del orden nacional y territorial requeridos para orientar los procesos de ingreso, permanencia y salida del programa”, indica el parágrafo 1, del artículo 8.

¿Cuáles apoyos serán asignados a los beneficiarios de Jóvenes en Paz?

Por medio de los componentes de la ruta integral que tendrá el programa Jóvenes en Paz, los beneficiarios podrán acceder a una oferta educativa para el trabajo y educación complementaria de calidad, por medio de cuatro rutas:

  1. Ruta de educación básica y media.
  2. Ruta de educación para el trabajo y el desarrollo humano.
  3. Ruta de educación superior.
  4. Ruta educativa complementaria.

Igualmente, deberán comprometerse con la realización de trabajo comunitario para la construcción de paz en sus territorios y el fortalecimiento de las juventudes como agentes transformadores. Las líneas estratégicas para este componente serán:

  • Comunitario.
  • Ambiental.
  • Paz y convivencia.
  • Cultural y artístico.
  • Deportivo y recreativo.
  • Dialógico.
  • Ciencia, tecnología e innovación y digital, entre otras.

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Acceso a servicios sociojurídicos para los beneficiarios de Jóvenes en Paz

Los jóvenes que hagan parte del programa podrán acceder a “orientación sociojurídica en relación con los procesos penales que existan en su contra o conflictos que se presenten”, según detalla el artículo 6 del decreto.

Además, continúa indicando que con este apoyo, promoverá “que se comprendan las consecuencias legales de la situación, se asuma la responsabilidad por el daño causado, se repare de forma directa o simbólica a las personas que se hayan visto afectadas y se genere el fortalecimiento de un tejido social afectado por la comisión de un delito u ofensa”.

¿En cuáles casos se suspenderán los apoyos económicos  y beneficios asignados?

El artículo 19 señala los motivos por los que puede darse por terminada la vinculación al programa Jóvenes en Paz, entre los cuales destacan:

1. Finalización de la ruta de atención integral prevista en el programa.

2. Culminación del tiempo máximo permitido de permanencia en el programa.

3. Retiro voluntario del beneficiario del programa.

4. El incumplimiento de los deberes y responsabilidades definidas en el compromiso de corresponsabilidad, el manual operativo establecerá el proceso de verificación del mismo.

5. Ser objeto de una orden de captura o aprehensión por parte de una autoridad judicial.

6. Tener una sanción o medida penal privativa de la libertad vigente, salvo autorización judicial.

7. Que el beneficiario fallezca.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL