Prima de junio: ¿cuánto, cuándo y a quién le pagan?
Foto: Centro de información Manizales- Secretaría de Desarrollo Social
Te explicamos en qué casos les corresponde a las empresas cancelar la prima de servicios, cuál es la fecha límite para pagarla a tiempo y cuánto te deben cancelar.
Llegó la mitad de año junto con una de las prestaciones sociales más esperadas por muchos, la prima de junio, la cual, representa una entrada de dinero adicional y un alivio económico para ponerse al día en alguna deuda o darse un gusto.
Por ley, en Colombia los empleadores están obligados a pagar en el año dos primas de servicio, a mitad del año en junio y a finales del mismo en los primeros días de diciembre.
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¿Qué es la prima de servicios?
La prima de servicios es una prestación social y un derecho de los trabajadores, en la cual, los empleadores pagan a sus empleados determinada suma de dinero como un reconocimiento económico a la labor realizada, durante la ejecución de su contrato.
¿Cuál es la fecha límite para pagar la prima de servicios?
De acuerdo con el Artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, los empleadores tienen máximo hasta el 30 de junio para reconocerle a sus trabajadores el pago que les corresponde por la prima de servicios.
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¿Quiénes tienen derecho a la prima de servicios?
La prima de servicios es entregada a empleados vinculados con una empresa por medio de un contrato a término indefinido, o en general, que cumpla las condiciones de un empleado dependiente.
Igualmente, el Artículo 306 señala que se incluye en esta prestación económica a trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente.
¿Quiénes no reciben prima de servicios?
Los empleados que trabajan bajo modalidades independientes, es decir que tienen vínculos laborales como contratos de aprendizaje, temporales, por prestación de servicios o quienes devenguen un salario integral no recibirán la prima de servicios.
¿Cuánto deben pagarme por la prima de servicios?
El Artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo indica que el pago de la prima de servicios debe realizarse por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
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¿Cómo calcular la prima de servicios?
De acuerdo con información del Ministerio del Trabajo la fórmula para generar el cálculo de la prima de servicios es: (Salario mensual X días laborados en el semestre) /360
Ten en cuenta que, si tuviste alguna incapacidad durante el tiempo laborado, estos días también deben contarse para el cálculo de la prima de servicios, dado que el contrato no se suspendió sino que al contrario seguía vigente.
REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL