Foto de mujer en una camilla siendo atendida por una enfermera. Ilustra nota sobre Plan Complementario de EPS.

Plan Complementario de EPS: qué es, beneficios y cómo solicitarlo


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Conoce en detalle lo que es un Plan de Atención Complementaria (PAC) ofrecido por las EPS. Te contamos en qué consiste este servicio voluntario de atención en salud, qué beneficios ofrece y cómo pedirlo.

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Desde su creación en 1993, mediante la Ley 100 promulgada ese año, las EPS (entidades promotoras de salud) están autorizadas para ofrecer a la ciudadanía planes complementarios adicionales al Plan de Beneficios en Salud (antes llamado Plan Obligatorio de Salud, POS).

Entre estos se encuentran los Planes de Atención Complementaria (PAC), los cuales ofrecen a sus afiliados servicios adicionales y más amplios en relación con aquellos que se financian con los recursos del Sistema General de Seguridad Social, mediante el cual el Estado busca garantizar el derecho a la salud de todos los colombianos.

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En ese orden de ideas, los PAC son planes voluntarios de salud que complementan la atención que recibes en tu EPS, los cuales tienes la opción de tomar y pagar de acuerdo a unos paquetes y tarifas que dichas entidades ofrecen.

El afiliado al Sistema de Salud no está obligado a contratarlo para recibir un tratamiento médico y los servicios allí prestados. No se financian con las sumas recibidas a título de cotizaciones obligatorias de la seguridad social, sino con los recursos del afiliado”, precisa la Superintendencia Nacional de Salud.

Los otros planes voluntarios de salud (ampliados con la Ley 1438 de 2011, que modificó la Ley 100) son los de medicina prepagada (aquí puedes conocer más sobre estos) y las pólizas de seguros. En esta oportunidad, queremos entregarte más detalles de los PAC, puesto que, estos suelen ser más asequibles que las prepagadas y que las pólizas, y puedes tomarlos directamente a través de tu EPS.

¿Qué es un Plan de Atención Complementaria?

Un Plan de Atención Complementaria (PAC) es un servicio adicional que ofrecen las EPS en Colombia a aquellos usuarios o afiliados de régimen contributivo que desean acceder a una mayor cobertura y tecnología para la atención en salud en relación con el servicio que reciben habitualmente mediante su Plan de Beneficios en Salud (PBS).
 
“Este servicio puede ser prestado únicamente por las EPS, con su misma red, pero garantizando un complemento como su nombre lo indica, al proceso de atención previsto dentro del PBS”, señala la Supersalud.

De acuerdo con esa autoridad, un PAC “podría incluir, por ejemplo, mayor oferta de servicios y mayor oportunidad en la atención de algunos servicios”. 

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Nueva EPS define al Plan de Atención Complementaria como “un plan de contratación individual, familiar o colectivo, que brinda servicios de fácil acceso, con una red preferencial de IPS, mayor cobertura, comodidad y tecnología, ampliando los beneficios del PBS”.

Según datos de Fasecolda (Federación de Aseguradores Colombianos) y Acemi (Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral), a partir de un estudio realizado el año pasado, en el país cerca de 4,7 millones de personas tienen un plan voluntario de salud, y un 16 % de esos usuarios corresponden a planes complementarios y ambulancias prepagadas.

¿Cómo solicitar un  Plan de Atención Complementaria?

En vista de que estos programas de salud son ofrecidos solo por las EPS a afiliados del régimen contributivo, la solicitud de un  Plan de Atención Complementaria para ti o tu familia solo la puedes realizar directamente con tu EPS.

Por esta razón, debes recurrir a los canales de comunicación habituales de la entidad promotora de salud a la cual te encuentras afiliado. En los sitios web de dichas EPS puedes consultar cómo hacer el trámite y conocer los servicios adicionales a los que accederías de acuerdo con el paquete que te ofrezca dicha entidad.

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La Supersalud recomienda, al momento de adquirir este servicio, “revisar de manera detallada las condiciones contractuales, costos y periodos de carencia (previstos en el plan brindado) para evitar inconvenientes futuros”, esto teniendo en cuenta, por ejemplo, que “hay factores diferenciales que inciden en la tarifa”.

Esa autoridad aconseja, además, que antes de contratar un PAC o cualquier otro plan voluntario de salud, verifiques las coberturas ofrecidas, las condiciones en la prestación de los servicios y los mecanismos de retiro o cambio del plan contratado.

Respecto a esto último, la Supersalud recuerda que en los Planes de Atención Complementaria de las EPS, “no existe un periodo mínimo de vigencia del acuerdo de voluntades”, es decir que no existe una especie de cláusula de permanencia frente al plan ofrecido y puedes retirarte cuando lo desees, contrario a los planes de medicina prepagada, cuyo acuerdo de voluntades “por lo regular no puede ser inferior a seis meses”. 

Ten presente que al tratarse de un servicio complementario, debes continuar haciendo (tú o tu empleador) tu aporte mensual por concepto de seguridad social.

“La adquisición y permanencia de un Plan Voluntario de Salud implica la afiliación previa y la continuidad mediante el pago de la cotización al régimen contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud”, enuncia el artículo 37 de la  Ley 1438 de 2011.

¿Qué beneficios ofrece un Plan de Atención Complementaria?

Aunque esto varía de acuerdo a la EPS oferente y al plan contratado, en general los beneficios obedecen a servicios adicionales o mejorados con los que no contarías en tu Plan de Beneficios en Salud.

“En cuanto a los beneficios de estos planes, vale la pena precisar que pueden variar de acuerdo con cada entidad que lo ofrece, pero la estructura es similar: servicios ambulatorios, consulta externa, acceso a especialistas, hospitalización y cirugías en redes establecidas en su red”, menciona la Supersalud.

“El plan complementario es una extensión de la EPS y todos los tratamientos ambulatorios y hospitalarios se complementan con los servicios de la EPS”, le dijo la consultora de seguros Laura Suancha a Bien Dateado.

A continuación, una lista con algunos de los beneficios extra que podrías obtener por contar con un PAC:

  • Red especial de clínicas y otras IPS de diagnóstico y laboratorio clínico.
  • Hospitalización en habitación individual sin límite de días.
  • Acceso directo a especialistas (sin cita previa con médico general).
  • Orientación médica telefónica a cualquier hora o día de la semana.
  • Toma de muestras de laboratorio, terapias físicas y respiratorias a domicilio.
  • Servicio médico a domicilio cuando el estado del paciente lo amerite.
  • Medicamentos no cubiertos en el PBS en hospitalización y cirugía.
  • Asistencia médica en el exterior por enfermedad o accidente.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL