Despliegue militar en frontera Colombia - Venezuela. Ilustra nota sobre funciones del Ministerio de Defensa.

Las funciones del Ministerio de Defensa y su nuevo jefe de cartera


Foto: Colprensa.

Conoce aquí cuáles son las funciones del Ministerio de Defensa y algunos de los retos que asumirá el nuevo jefe de esa cartera, Iván Velásquez, a partir del próximo 7 de agosto.

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En la mañana del pasado viernes, el presidente electo, Gustavo Petro, anunció la designación de Iván Velásquez Gómez como nuevo jefe de cartera del Ministerio de Defensa.

Este medellinense ha sido auxiliar de la Corte Suprema de Justicia, comisionado de la ONU y magistrado auxiliar del Consejo de Estado, entre otros cargos que sobresalen de su carrera pública.

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Velásquez asumirá la dirección de la cartera de Defensa en reemplazo de Diego Molano Aponte, quien prestará sus servicios hasta el próximo 7 de agosto, cuando Gustavo Petro asumirá como presidente de la República 2022-2026.

¿Qué es el Ministerio de Defensa?

El Ministerio de Defensa Nacional es un organismo público creado para apoyar a la Presidencia de la República en sus funciones de defensa de todo el territorio.

El MinDefensa se encarga de la orientación, control y evaluación de las labores de los organismos que hacen parte del Sector Administrativo Defensa Nacional (Fuerzas Militares, Policía Nacional y demás mecanismos para el cuidado de la ciudadanía), además de participar en la formulación de la política, en la elaboración de los programas sectoriales y en su ejecución.

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¿Cuáles son las funciones del Ministerio de Defensa?

Según el Decreto 1512 del 2000, el Ministerio de Defensa tiene 3 funciones principales:

  1. Participar en la definición, desarrollo y ejecución de las políticas de defensa y seguridad nacionales, para garantizar la soberanía nacional, la independencia, la integridad territorial y el orden constitucional, el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio y el derecho de libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz.
  2. Contribuir con los demás organismos del Estado para alcanzar las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos, obligaciones y libertades públicas.
  3. Aportar al mantenimiento de la paz y la tranquilidad de los colombianos en procura de la seguridad que facilite el desarrollo económico, la protección y conservación de los recursos naturales y la promoción y protección de los Derechos Humanos.

Estas se suman a las demás funciones que determina el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, de las cuales destacan:

  • Preparar proyectos de ley relacionados con su ministerio.
  • Coordinar la ejecución de sus planes y programas con las entidades territoriales y prestarles asesoría, cooperación y asistencia técnica.
  • Orientar, coordinar y controlar, en la forma contemplada por las respectivas leyes y estructuras orgánicas, las superintendencias, las entidades descentralizadas y las sociedades de economía mixta que a cada uno de ellos estén adscritas o vinculadas.
  • Impulsar y poner en ejecución planes de desconcentración y delegación de las actividades y funciones en el respectivo sector.
  • Promover, de conformidad con los principios constitucionales, la participación de entidades y personas privadas en la prestación de servicios y actividades relacionados con su ámbito de competencia.
  • Velar por la conformación del Sistema Sectorial de Información respectivo y hacer su supervisión y seguimiento.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL