Mujer deposita su voto en urna durante elecciones presidenciales 2022.

Elecciones 2023: ¿cómo pedir medio día libre por votar y qué hacer si lo niegan?


Foto: Colprensa.

Conoce cómo pedir medio día de descanso en tu trabajo por votar, cuál es el plazo para ello, quiénes pueden reclamar el beneficio, qué hacer si lo niegan y más datos clave sobre este derecho por sufragar en las elecciones de 2023.

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Votar en las elecciones democráticas en Colombia te permite no solo ejercer uno de tus más importantes derechos como ciudadano: el de elegir a tus representantes en el poder público. 

La asistencia a las urnas también te otorga múltiples beneficios que puedes reclamar con tu certificado electoral: la posibilidad de pedir media jornada libre o de descanso remunerado en tu trabajo es una de esas ventajas.

Así lo estipula el artículo 3° de la Ley 403 de 1997, según el cual este beneficio equivale a un compensatorio "por el tiempo que (el votante) utilice para cumplir su función como elector".


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¿Puedo pedir medio día de descanso por votar en las elecciones de 2023?

Sí. En los comicios regionales del próximo 29 de octubre no olvides reclamar tu certificado electoral una vez deposites tu voto en la urna, pues es con este documento que puedes solicitar el beneficio que te permitirá gozar de medio día de descanso remunerado de tu jornada habitual de trabajo.

¿Cómo reclamar mi medio día libre por votar?

Dicho compensatorio se disfrutará tras común acuerdo entre empleado y empleador, es decir que debes presentar el certificado electoral en tu lugar de trabajo y concertar con un superior, encargado o jefe directo la fecha y horario en que no asistirás, durante media jornada laboral, a tu trabajo.

¿Qué hacer si en mi trabajo me niegan esa jornada de descanso?

Al tratarse de un beneficio otorgado por la Ley, el empleador no puede negarse a reconocer la jornada compensatoria de descanso remunerado que se concede a los votantes. Ante la posible negativa, se puede reclamar presentando una acción de cumplimiento, si quien desea quejarse es empleado de una entidad pública.

Para esto último puedes recurrir a la asesoría que brindan las personerías en ciudades o municipios (clic aquí para conocer cómo pedir apoyo de las personerías).

En el caso de empleados de empresas privadas, estos pueden presentar una queja ante el Ministerio del Trabajo, explicando la situación. También se puede acudir a la jurisdicción laboral para hacer el reclamo.

Si tu empleador desconoce la Ley y se opone a entregar este beneficio, puedes comunicarte a la línea 120 del Ministerio de Trabajo, precisa la plataforma de Gobierno, ‘Urna de Cristal’.


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¿Mi jefe puede decidir cuándo darme esa media jornada laboral libre?

Tu jefe o superior puede fijar la fecha y horario en que gozarás de ese medio día líbre solo si estás totalmente de acuerdo con esas condiciones

Al respecto, la Registraduría Nacional recuerda que, en vista de que se trata de un beneficio que se debe acordar entre empleado y empleador, tu jefe o superior no pueden decidir la fecha en la que tomarás el descanso, sin antes consultártelo o coordinarlo contigo.

¿Desde y hasta cuándo puedo pedir mi descanso remunerado por votar?

Según la Ley 403 de 1997, "el descanso compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación", es decir, hasta 30 días calendario luego de votar.

Así las cosas, quien vote en las elecciones territoriales del próximo 29 octubre podrá solicitar y disfrutar de media jornada de descanso compensatorio remunerado, entre el 30 de octubre y el 28 de noviembre de 2023.

¿El medio día libre por votar aplica para todos los trabajadores?

No. Este beneficio solo lo pueden solicitar aquellas personas con una relación de trabajo debidamente formalizada mediante contrato laboral: a término fijo, indefinido, contrato de confianza, etc., señala ‘Urna de Cristal’.

¿Puedo pedir más de media jornada de descanso por votar en las elecciones de 2023?

No. Por ley solo tienes derecho a solicitar y disfrutar de medio día libre en tu trabajo al presentar tu certificado como votante (certificado electoral).

¿Si fui jurado y voté tengo derecho a día y medio de descanso?

Sí. De acuerdo con el Radicado número 2450 – 2778 – 3649 - 3684 del 24 de junio de 2010 del Consejo Nacional Electoral “se trata de dos aspectos diferentes: el primero, el descanso por la labor ejercida como jurado; y el segundo, que deviene de reglamentación independiente que contempla un estímulo para todo ciudadano por el simple hecho de haber ejercido su derecho al voto”.

Cabe recordar que la ley (artículo 105 del Código Electoral) concede un día compensatorio de descanso remunerado a aquellas personas que son elegidas y que ejercen funciones de jurado de votación en elecciones democráticas en el país.

Ten presente que para los comicios regionales que se avecinan aún no se han elegido los jurados de votación, pues según el calendario electoral 2023, el 14 de octubre es la fecha límite para la realización del sorteo y la publicación de las listas con los nombres de estos.

Elecciones 2023: ¿tengo otros derechos y beneficios por votar?

Sí. Al igual que en comicios anteriores, como las presidenciales y las legislativas del 2022, tienes derecho a varios beneficios por participar como votante en las elecciones del próximo 29 de octubre.

Descuentos en trámites, priorización en procesos de selección y rebajas para el servicio militar obligatorio, son algunas de esas ventajas para votantes, las cuales aquí te detallamos.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL