Militares jóvenes podrán acceder a educación superior gratis

Matrícula cero en escuelas de Fuerzas Militares y Policía Nacional: requisitos y datos clave


Foto: Fuerza Aeroespacial Colombiana

Te contamos sobre los requisitos, duración del beneficio, cómo se financiará la matrícula gratuita y en cuáles casos pueden retirarte el apoyo.

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Desde el 10 de noviembre de 2023, los jóvenes que no tengan los recursos económicos para desarrollar su formación profesional podrán acceder a programas académicos de pregrado gratis en escuelas de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

El beneficio, que le permitirá a los jóvenes construir su proyecto de vida y cumplir sus sueños educativos, entró en vigencia después de que el presidente Gustavo Petro firmara el Decreto 1907 del 10 de noviembre de 2023.

A través de este decreto, el Gobierno Nacional define la gratuidad del 100% del valor de la matrícula en programas de formación técnica profesional, tecnológica y profesional universitaria en las escuelas de formación de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional.

El decreto tiene por objeto reglamentar parcialmente el artículo 27 de la Ley 2155 de 2021 "Por medio de la cual se expide la Ley de Inversión Social y se dictan otras disposiciones", en lo referente a:

“Implementación de la Política de Estado de Gratuidad en la Matrícula Académica para el acceso a la educación superior, mediante los programas de pregrado de las escuelas de formación de las Fuerzas Militares de Colombia y la Policía Nacional, para los jóvenes de las familias más vulnerables socioeconómicamente”.

Si quieres conocer más con relación a la reglamentación del decreto, en qué casos puede beneficiarte, duración del beneficio y más sobre la medida, tu amigo Canal Institucional te explica a continuación algunas claves de la iniciativa.


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¿Cuáles son los requisitos para ser beneficiado con la gratuidad en la matrícula?

Según señala el artículo 2.2.11.7 del decreto, serán beneficiarios de la Política de Gratuidad en la Matrícula académica los estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Ser colombiano.
  2. Estar matriculado en un programa académico de pregrado (técnico, tecnológico o universitario) de las Escuelas de Formación de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
  3. Pertenecer a las familias más vulnerables socioeconómicamente con clasificación del Sisbén IV o la herramienta de focalización que haga sus veces.
  4. No tener título profesional universitario ni de postgrado de cualquier Institución.
  5. Cumplir con los demás requisitos de ingreso inherentes a la carrera militar y policial.

¿Cómo se financiará el acceso de los jóvenes a una educación gratuita?

De acuerdo con el artículo 2.2.11.3., la Política de Estado de Gratuidad en la Matricula académica se atenderá con los recursos del Presupuesto General de la Nación asignados a cada una de las Fuerzas Militares y Policía Nacional.

Sin embargo, “podrán ser tenidas en cuenta otras fuentes de financiación y/o programas del Gobierno Nacional, entidades territoriales o a través de programas de cooperación internacional, sin que se sustituya la fuente principal”.

¿Cuántos periodos académicos financiará la iniciativa?

Te será financiado el 100% de las matrículas académicas que conformen la duración total de los programas de formación técnica profesional, tecnológica y profesional universitaria en las instituciones de Educación Superior de la Fuerza Pública y la Policía Nacional.

“Los beneficiarios tendrán gratuidad en la matrícula académica por el número de periodos de duración del programa académico de educación superior de conformidad con lo registrado en el Sistema Nacional de la Información de Educación Superior – SNIES”, explica el decreto en el Artículo 2.2.11.5.

No obstante, ten presente que la Política de Estado de Gratuidad en la Matrícula académica no financiará periodos adicionales a los establecidos inicialmente para el programa, en caso de pérdidas o por otras situaciones.

Adicionalmente, el decreto explica que aquellos estudiantes que se encuentren cursando periodos académicos y sean seleccionados como beneficiados de la iniciativa, “recibirán el beneficio mencionado, únicamente durante el número de periodos que le resten para culminar el correspondiente programa”.


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¿En cuáles casos puedes perder el beneficio de gratuidad en la matrícula?

El artículo 2.2.11.9. explicó que el beneficio de que trata el presente decreto se perderá en los siguientes casos:

  1. Cuando se evidencie que un beneficiario del programa accedió al mismo con información no veraz y/o con documentación alterada.
  2. Por expresa voluntad del beneficiario o sus padres si es menor de edad, la cual será comunicada por escrito a la Escuela de Formación.
  3. Por pérdida de la calidad de estudiante en las Instituciones de Educación Superior de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, de acuerdo con lo establecido en el Manual Académico o documento que haga sus veces. En este caso, el estudiante no podrá acceder prontamente a programas educativos en las diferentes Escuelas de Formación de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
  4. Cuando el alumno de la Escuela de Formación supere el número de los períodos académicos del programa educativo, indistintamente de la causa que lo generó. Los costos de los periodos académicos que excedan el tiempo inicial del programa y que hagan falta para culminar. El pregrado, no serán cubiertos por el programa de qué trata el presente Decreto.
  5. Por perdida de la condición de vulnerabilidad de conformidad con la clasificación Sisbén IV grupos A, By C y subgrupos identificados con letra y número.
  6. No contar con la aptitud psicofísica definida a través de' la normatividad vigente dentro de cada una de las Escuelas de Formación de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

Para conocer más sobre el Decreto 1907 de 2023 puedes acceder aquí. 

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL