Ley seca y otras restricciones para el 29 de octubre: conoce cómo operará la medida
Foto: Colprensa
Faltando pocas horas para que se lleven a cabo las elecciones territoriales, el Gobierno Nacional expidió las normas y medidas que se aplicarán con el fin de conservar el orden público durante los comicios.
Con la firma del Decreto 1702 de 2023 se fijaron las normas de orden público para las elecciones del próximo 29 de octubre, fecha en la cual se elegirán a los nuevos alcaldes, gobernadores y concejales que representarán a las comunidades de todo el territorio colombiano.
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Entre las medidas anunciadas destaca la ley seca, por la cual queda prohibida la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las 6 p.m. del 28 de octubre hasta las 6 a.m. del 30.
Igualmente, la norma señala que se suspende el permiso de porte de armas desde las 6 a.m. del 28 de octubre hasta las 6 a.m. del 30.
Frente a la posibilidad de que haya toque de queda, quedó estipulado que este podrá ser decretado por los alcaldes “con el objetivo de prevenir posibles alteraciones del orden público”.
Además, se ordena “el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados de frontera, durante el lapso comprendido entre las 6 p.m. del 28 de octubre de 2023 hasta las 4 p.m. del 29 de octubre de 2023”.
El decreto también es claro al señalar que únicamente los medios de comunicación podrán hacer uso de dispositivos electrónicos como celulares y cámaras en los puestos de votación.
Por otro lado, “el Gobierno resaltó que para promover el normal desarrollo del proceso electoral, el Ministerio del Interior designará para cada uno de los departamentos y el Distrito Capital de Bogotá, un funcionario del nivel nacional quien el día de las elecciones deberá realizar el seguimiento del proceso electoral y observar el comportamiento de los servidores públicos y de las autoridades nacionales, departamentales y municipales”, precisó un comunicado del MinInterior.
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Precisiones del decreto frente a la propaganda política
Tal cual lo estipula el Código Electoral, cualquier manifestación de carácter político en espacios públicos quedan prohibidas desde este lunes 23.
Por lo mismo, mediante el decreto 1702 se recuerda también que la Policía podrá decomisar cualquier propaganda política que sea llevada a los puestos de votación.
Además, se estipula que “los programas, mensajes, entrevistas o ruedas de prensa que se transmitan con candidatos y dirigentes políticos, así como la propaganda electoral, deberán realizarse dentro de los parámetros del respeto a la honra, el buen nombre y a la intimidad de los demás aspirantes y de las personas en general, de manera que en ningún momento perturben el desarrollo normal del debate electoral o alteren el orden público”.
Dichas normas también aplicarán para la segunda vuelta de Bogotá, en caso de que esta tenga lugar.
El Gobierno Nacional expide el Decreto 1702 de octubre 19 de 2023, con el que se dictan las normas para la conservación del orden público de cara a las elecciones del próximo 29 de octubre.
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