Calculadora y algunas hojas con cuentas para declarar y pagar el impuesto ICA cuarto bimestre.

¿Quiénes deben realizar el pago del impuesto ICA cuarto bimestre 2023? Te contamos


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Se acerca el plazo final para declarar y pagar un nuevo ciclo del impuesto ICA, ¿aún no sabes si te corresponde? Acá te aclaramos.

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¡Pilas contribuyente! Hasta el viernes 20 de octubre tienes plazo para declarar y pagar la cuota correspondiente al cuarto bimestre del impuesto de Industria y Comercio (ICA).

¿Sabes si debes cumplir con esta obligación tributaria y cómo hacerlo? Tu amigo Canal Institucional te explica quiénes deben declarar y pagar para que evites la imposición de sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.

¿Qué es el impuesto ICA?

De acuerdo con información de la Secretaría de Hacienda, el impuesto de Industria y Comercio, conocido como ICA, “se genera por el ejercicio o la realización directa o indirecta de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en jurisdicción del Distrito Capital de Bogotá, ya sea que se cumpla de forma permanente u ocasional, en inmueble determinado, con establecimiento de comercio o sin ello”.

En Bogotá, este impuesto es recaudado y controlado por la Secretaría Distrital de Hacienda de la ciudad, y debe ser declarado por trabajadores independientes, personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho o uniones temporales, según su actividad.


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¿Quiénes declaran y pagan el cuarto bimestre del impuesto ICA?

El cuarto bimestre, que corresponde al periodo de julio y agosto, debe presentarse y pagarse por los contribuyentes que pertenecen al régimen común bimestral, los cuales, han cumplido con la obligación tributaria en el transcurso del año por medio de varias cuotas.

Además, ten presente que aquellos contribuyentes que durante el año pasado, 2022, declararon un impuesto superior a $14.859.564 (391 UVT), están obligados a hacer el pago del impuesto.

¿Cómo declarar y pagar el cuarto bimestre del impuesto ICA?

Puedes realizar la declaración y efectuar el pago correspondiente de esta cuota del impuesto ICA a través de la Oficina Virtual, una herramienta dispuesta por la Secretaría de Hacienda, siguiendo estos pasos:

  1. Haz clic aquí para entrar al sitio web de la SDH.
  2. En la barra superior de la página, pulsa el botón que dice ‘Oficina virtual’.
  3. Ubica el recuadro con el enunciado ‘Oficina Virtual Impuesto de Industria y Comercio’ y haz clic en el botón ‘Ingresar’.
  4. Llegarás a la Oficina Virtual de la SDH, plataforma 'online' disponible para la declaración y pago del ICA y otros impuestos en Bogotá. Ingresa con tu usuario y contraseña. Si aún no te has registrado, aquí encuentras el paso a paso para ello.
  5. Selecciona el impuesto de Industria y Comercio (ICA) y la opción ‘Declarar y pagar en tres pasos’.
  6. Elige ‘Liquidar impuesto’ y diligencia la información solicitada. En este punto, debes tener a la mano el certificado de existencia y representación legal y los estados financieros y/o contables en donde estén registrados los ingresos por las actividades económicas.
  7. Continúa con los pasos para ingresar toda la información que te permitirá hacer la liquidación. Antes de firmar y presentar la declaración, verifica los datos de identificación y registra los del representante legal o contribuyente. Si tienes revisor fiscal, digita la información correspondiente.
  8. A través de la Oficina Virtual, podrás elaborar la declaración y presentarla con firma electrónica o digital. Para ello, elige la opción ‘Generar declaración para firma electrónica’, luego de lo cual se desplegará una ventana emergente para aceptar la generación del archivo en formato PDF. Ten presente que declaraciones firmadas electrónicamente no serán recibidas para pago en ventanillas de bancos.
  9. Una vez generado el PDF de la liquidación, entra nuevamente a la Oficina Virtual, da clic en ‘Presentar declaración’ y selecciona ‘Con firma electrónica’. Aparecerá la información de la declaración generada y podrás hacer clic sobre el botón para firmarla.
  10. Valida los datos que arroja el sistema para presentar la declaración y haz clic en ‘Aceptar’.
  11. El sistema te mostrará un mensaje informándote que la declaración quedó presentada exitosamente.
  12. Finalmente, ingresa de nuevo a la Oficina Virtual y selecciona ‘Pagar impuesto’.

Si la tecnología no es lo tuyo, también puedes realizar el trámite del pago de forma presencial en las ventanillas de las entidades financieras que tienen convenio de recaudo vigente con la Secretaría de Hacienda.


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¡Toma nota! Que no se te pasen las próximas cuotas

Anota en tu calendario las siguientes fechas límites para cumplir con las dos últimas cuotas establecidas del impuesto de Industria, Comercio y Avisos y Tableros:

Bimestre 5 (septiembre-octubre): 15 de diciembre de 2023

Bimestre 6 (noviembre-diciembre): 16 de febrero de 2024

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL