Funciones del Ministerio de Minas y Energía

Funciones del Minminas: minería responsable y energía sostenible


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Te contamos sobre la importancia del Minminas, desde la formulación de políticas hasta la regulación, en la garantía y desarrollo de los sectores de minas y energético.

Contenido

El Ministerio de Minas y Energía tiene, principalmente, la función de formular e implementar políticas que permitan aprovechar los recursos mineros y energéticos disponibles en nuestro país, de manera sostenible, como un impulso al desarrollo social y económico.

Entre sus quehaceres desempeña un papel fundamental en la regulación de los sectores mineros y energéticos de país, fomentando la exploración y transformación responsable de los recursos naturales presentes en el territorio nacional.

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¿Qué hace el Ministerio de Minas y Energía?: claves de su labor

  1. Política energética y minera: esta cartera está encargada de formular y desarrollar planes que aseguren la explotación minera sostenible, junto a la disponibilidad de fuentes de energía en el país.
  2. Regulación y supervisión: es responsable de establecer las normativas necesarias para garantizar la protección del medio ambiente y el bienestar de las comunidades, al momento de explorar, explotar, transportar y comercializar recursos mineros y energéticos.
  3. Relaciones internacionales: este ministerio es responsable de representar a Colombia internacionalmente en temas relacionados con la energía y la minería, manteniendo una cooperación activa con otros países.
  4. Gestión del sector minero: le corresponde administrar los recursos minerales del país, estableciendo políticas para evitar el agotamiento prematuro de estos.

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¿Cuáles son las funciones del Ministerio de Minas y Energía?

Según señala el Decreto 0381 del 16 de febrero de 2012, las funciones del Ministerio de Minas y Energía son:

  1. Articular la formulación, adopción e implementación de la política pública del sector administrativo de minas y energía.
  2. Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política nacional en materia de exploración, explotación, transporte, refinación, procesamiento, beneficio, transformación y distribución de minerales, hidrocarburos y biocombustibles.
  3. Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política en materia de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica.
  4. Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política en materia de uso racional de energía y el desarrollo de fuentes alternas de energía y promover, organizar y asegurar el desarrollo de los programas de uso racional y eficiente de energía.
  5. Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política sobre las actividades relacionadas con el aprovechamiento integral de los recursos naturales no renovables y de la totalidad de las fuentes energéticas del país.
  6. Formular políticas orientadas a que las actividades que desarrollen las empresas del sector minero-energético garanticen el desarrollo sostenible de los recursos naturales no renovables.
  7. Adoptar los planes de desarrollo del sector minero-energético del país en concordancia con los planes nacionales de desarrollo y con la política del Gobierno Nacional.
  8. Expedir los reglamentos del sector para la exploración, explotación, transporte, refinación, distribución, procesamiento, beneficio, comercialización y exportación de recursos naturales no renovables y biocombustibles.
  9. Expedir los reglamentos técnicos sobre producción, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica y gas combustible, sus usos y aplicaciones.
  10. Expedir la regulación para el transporte de crudos por oleoductos.
  11. Adoptar los planes generales de expansión de generación de energía y de la red de interconexión y establecer los criterios para el planeamiento de la transmisión y distribución.
  12. Formular la política nacional en materia de energía nuclear y de materiales radiactivos.
  13. Formular la política en materia de expansión del servicio de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas -ZNI.
  14. Adoptar los planes de expansión de la cobertura y abastecimiento de gas combustible.
  15. Fiscalizar la exploración y explotación de los yacimientos, directamente o por la entidad a quien delegue.
  16. Realizar las actividades relacionadas con el conocimiento y la cartografía del subsuelo directamente o por la entidad a quien delegue.
  17. Divulgar las políticas, planes y programas del sector.
  18. Definir precios y tarifas de la gasolina, diesel (ACPM), biocombustibles y mezclas de los anteriores.
  19. Revisar y adoptar el Plan de Expansión de la red de Poliductos y elaborar y adoptar el Plan de Continuidad, en los cuales se definirán los objetivos, principios, criterios y estrategias necesarias para asegurar la disponibilidad y suministro de los combustibles líquidos derivados, biocombustibles y otros en el mercado nacional, en forma regular y continua.
  20. Establecer los criterios que orientarán la remuneración de los proyectos destinados a asegurar la confiabilidad, disponibilidad, continuidad y garantía del suministro de los combustibles líquidos, biocombustibles y otros.
  21. Identificar el monto de los subsidios que podrá dar la Nación para los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible, establecer los criterios de asignación de los mismos y solicitar la inclusión de partidas para el efecto en el Presupuesto General de la Nación.
  22. Administrar los Fondos de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos.
  23. Administrar el Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas no Interconectadas - FAZNI.
  24. Administrar el Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas Rurales Interconectadas - FAER
  25. Administrar el Fondo Especial Cuota de Fomento.
  26. Administrar el Programa de Normalización de Redes Eléctricas -PRONE.
  27. Administrar el Fondo de Energía Social -FOES.
  28. Asistir al Gobierno Nacional y al Ministerio de Relaciones Exteriores en el establecimiento y fortalecimiento de las relaciones internacionales del país en lo referente a convenios acuerdos y tratados en materia minero-energética.
  29. Liderar la participación del Gobierno Colombiano en entidades, organizaciones y asociaciones internacionales dedicadas a la integración y cooperación en materia minero-energética.
  30. Las demás que se le asignen.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL