¡Estas son las nuevas modalidades para retirar tus cesantías!
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Los colombianos ahora podrán invertir sus cesantías de otra manera. Según el Decreto 1562 de 2019, este dinero servirá para financiar los pagos correspondientes a la educación.
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Así los ciudadanos podrán ahorrar anticipadamente para pagar su educación superior, la de su cónyuge, compañero o compañera permanente o la de sus hijos.
¿Cuáles son las modalidades?
Las modalidades que contempla el decreto son la de ahorro programado y seguro educativo.
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¿Cuáles son los requisitos para el retiro parcial para ahorro programado o seguro educativo?
1. Certificado de existencia y representación de la entidad con la que contrató el ahorro programado o el seguro educativo.
2. Copia del contrato suscrito y/o póliza de seguro suscrito con entidad.
3. Copia de la factura y/o cuenta de cobro o cualquier documento que haga sus veces con destino a la entidad con la cual contrató el ahorro programado o seguro educativo para educación superior según corresponda.
4. Los registros civiles correspondientes o las declaraciones extrajuicio, según corresponda.
5. Certificado expedido por la autoridad competente que determine los factores físicos o psicológicos que originan la situación de dependencia, cuando sea el caso.
¡Para tener en cuenta!
Una vez radiques tu solicitud, el fondo o el empleador tiene cinco días hábiles para verificar que cumplas con los requisitos y luego hará el desembolso.