¿Dónde pueden estudiar los niños con discapacidad en Colombia?
Los niños, niñas y adolescentes con discapacidad y sus familias constantemente se enfrentan a barreras que limitan el ejercicio de sus derechos humanos y su inclusión social.
Como lo indica UNICEF, los niños, niñas y adolescentes con discapacidad deben ser el centro de todos los esfuerzos por forjar sociedades inclusivas, puesto que tienen los mismos derechos que los demás y, más que beneficiarios de ayuda, son agentes de cambio y autodeterminación.
Cuando hay exclusión esta conduce a que los niños, niñas y adolescentes en la adultez tengan menos posibilidades para trabajar, estudiar, tengan más problemas de salud y sean más dependientes de sus familias y de las ayudas del Gobierno.
De acuerdo con la “Guía para asegurar la inclusión y la equidad en la educación” de la UNESCO, los niños con discapacidad figuran entre los grupos de niños más marginados y excluidos; y de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud y el Banco Mundial, habitualmente se les niega el derecho a una educación de calidad.
¿Hay leyes que regulen la inclusividad en instituciones educativas para niños con discapacidad?
En entrevista con la directora de Licenciatura en Educación Infantil de la Universidad El Bosque, Ingri Marcela Moreno Perdomo, a continuación enumeró algunas de las leyes sobre inclusividad en Colombia y el mundo:
“Existe la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por las Naciones Unidas en el año 2013. Esta Convención busca promover, proteger y asegurar los derechos y las condiciones de igualdad de todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad incluidos los niños y niñas” afirmó la experta.
Asimismo, agregó que, “Colombia cuenta con la Ley 1804 de 2016, por la cual se instaura la política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre. Esta política pública: “concibe a los niños y niñas como sujetos de derechos, únicos y singulares, activos en su propio desarrollo, así como interlocutores válidos, integrales, y reconoce al Estado, la familia y la sociedad como garantes de sus derechos”.
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Además, la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad fue ratificada en Colombia mediante la Ley 1346 de 2009.
“Tanto esta convención como la Ley Estatutaria 1618 de 2013, armonizan con los propósitos políticos y sociales que en las últimas décadas han sido promovidos en el país para que la población infantil con discapacidad sea reconocida y respetada en su dignidad humana, dentro de la perspectiva de derechos y la atención integral”, explicó Moreno.
Colombia cuenta también con el Decreto 1421 de 2017 a través del cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad, en los niveles de preescolar, básica y media.
¿Todos los colegios deben aceptar niños con discapacidad?
La UNESCO, junto con el Ministerio de Educación Nacional, realizó el foro internacional sobre inclusión y equidad en la educación: todas y todos los estudiantes cuentan. Este evento se llevó a cabo en Cali durante el 2019.
Allí se destacó la representación y participación de las niñas, los niños y jóvenes en la planificación, implementación y monitoreo de políticas y prácticas educativas para avanzar en la inclusión, la equidad, y las transformaciones en las políticas públicas, indicó la directora.
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Por esta razón, todas las instituciones educativas, en coherencia al objetivo de desarrollo sostenible 4: deberán implementar estrategias para “una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos”.
¿A dónde puedo acudir si se niega el derecho a la educación de una niño o adolescente con discapacidad?
En caso de vulnerar el derecho a la educación de una persona con discapacidad, existen organismos como el Consultorio y la Clínica Jurídica para la inclusión de la Fundación los Libertadores. También se puede acudir a la Fundación Asdown que orienta y acompaña a las personas con discapacidad intelectual, sin excepción, y asimismo a sus familiares.
REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL