Proceso para solicitar a la empresa el pago de mi liquidación

¿No te han pagado la liquidación? Conoce dónde puedes denunciar


Te contamos sobre una herramienta para generar una guía de lo que te corresponde en tu liquidación, y dónde puedes denunciar si el empleador no cumple con dicha obligación.

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Al momento de culminar un contrato de trabajo con un empleador, es tu derecho que este realice tu liquidación para dar por terminada la relación entre la empresa y el empleado, con el objetivo de que recibas el pago de todas las prestaciones que te corresponden por ley.

En el proceso de liquidación se tienen en cuenta aspectos como las cesantías, sueldos pendientes de pago, horas extras, recargos, comisiones, el auxilio de transporte, vacaciones y todo lo relacionado con aportes a salud, pensión y caja de compensación.

Al ser la liquidación una responsabilidad de los empleadores, si este no cumple con su obligación al terminar el contrato de trabajo, sin importar la causa de terminación, podrá recibir sanciones o indemnizaciones moratorias.

Precisamente, el Código Sustantivo del Trabajo (CST) en el artículo 65 señala que “si a la terminación del contrato, el empleador no paga al trabajador los salarios y prestaciones debidos, salvo los casos de retención autorizados por la ley o convenidos por las partes, debe pagar al asalariado, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retardo”.

Sin embargo, cabe resaltar que para poder hacer exigible la moratoria de la que habla el artículo, se hace necesario probar la mala fe del empleador, la cual, debe ser declarada por un Juez de la República.

Adicionalmente, ten presente que el empleador no tiene un plazo por ley para cancelar la liquidación, por esto es común que la empresa se demore en el pago hasta el siguiente corte o periodo de nómina.

Esto no quiere decir que pueden tomarse todo el tiempo que quieran, pues la idea es que no demoren el pago de la liquidación, por ello, el tiempo aceptable, por costumbre laboral, es que no tome más de 15 días hábiles o a la siguiente actividad de nómina.

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¿Cómo denunciar el no pago de la liquidación?

Si después de terminado tu contrato laboral no has recibido el pago correspondiente por tu liquidación, antes de tramitar una demanda contra la empresa o el empleador, debes seguir un proceso de conciliación, en el cual el Ministerio de Trabajo puede orientarte.

La demanda sería la última instancia, en el caso en que el empleador se niegue a realizar el pago correspondiente de la liquidación; primero debes agotar otros recursos para que la empresa te responda sobre esta obligación.

De acuerdo a eso, primero debes tramitar un derecho de petición a la empresa que incluya el artículo 65 del Código Sustantivo de Trabajo, junto a tu liquidación. Para lo cual, la compañía tendría 15 días hábiles para darte respuesta frente a tu requerimiento.

Si por el derecho de petición obtienes una contestación negativa o ningún tipo de respuesta por parte de la empresa, puedes solicitar en el Ministerio del Trabajo una cita de orientación laboral con un Inspector de Trabajo, para que por medio de éste te sea agendada una citación para conciliar el pago de la liquidación con tu empleador.

Para solicitar la cita de conciliación puedes contactarte con el Ministerio por medio de su línea telefónica 601 3779999 o por la línea nacional 01 8000 112 518.

También puedes acceder al chat de MinTrabajo en su horario de atención de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y sábado de 7:00 a.m. a 1:00 p.m. para que te sea agendada una cita.

Por último, si después de realizar la respectiva conciliación con la empresa ésta continúa negándose a pagar o reconocer la liquidación, puedes comenzar una demanda con el apoyo de un abogado, para iniciar un proceso ordinario laboral y que tu caso sea resuelto por un juez.

Asimismo, podrías solicitar una investigación administrativa directamente al correo electrónico del Ministerio del Trabajo: solucionesdocumental@mintrabajo.gov.co

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Mi Calculadora: un aplicativo web que te permite calcular tu liquidación

El Ministerio de Trabajo cuanta con una herramienta pedagógica que le permita a trabajadores y empleadores del sector privado vinculados con un contrato laboral directo, realizar estimaciones de liquidaciones de prestaciones sociales y simular las provisiones mensuales que los empleadores deben tener en cuenta al contratar un trabajador.

Es válido aclarar que, la calculadora es una guía para casos donde el contrato de trabajo terminó con justa causa o por cualquiera de las causas legales que no dan origen a indemnizaciones de ninguna índole.

Para generar el cálculo de la liquidación debes seguir estos pasos:

  1. Ingresa aquí en la herramienta ‘Mi Calculadora’.
  2. Indica la fecha de inicio y fin de tu contrato. Ten en cuenta, que las liquidaciones se calculan y efectúan año a año, la calculadora no permite ingresar periodos que superen el año calendario.
  3. Ingresa tu salario mensual, este no puede ser inferior al Salario Mínimo.
  4. Señala si recibes o no auxilio de transporte.
  5. Selecciona la clase de riesgos laborales correspondiente al sector de actividad y al cargo del trabajador.
  6. Oprime según tu necesidad: ‘Liquidación para empleado’, ‘Liquidación para empleador’ o ‘Trabajo suplementario’.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL