Bono pensional a madres comunitarias ICBF: requisitos y valores.

¿Qué madres comunitarias recibirán bono pensional y cuánto se pagará?


Foto: ICBF.

El Gobierno se comprometió a entregar un bono pensional mensual a 36.000 madres comunitarias y sustitutas del ICBF. Conoce los requisitos para acceder al subsidio, los montos y quiénes lo recibirán.

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A partir del próximo mes de julio, madres comunitarias y sustitutas de los hogares del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) de todo el país, comenzarán a recibir una mesada pensional mensual de alrededor de un millón de pesos.

Así lo anunció el ICBF al referirse a uno de los principales acuerdos a los que llegó, el pasado 11 de febrero, con las madres del Sindicato Nacional de Trabajadores al Cuidado de la Infancia y Adolescentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SINTRACIHOBI).

“De las 48.000 madres comunitarias, hay 36.000 mayores de 57 años con las que vamos a empezar progresivamente a aplicar el bono pensional. Hemos llegado a un trabajo que nos aporta el 95 % del salario mínimo, de manera que ellas se verán beneficiadas”, señaló la directora del ICBF, Astrid Cáceres.

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Según la funcionaria, el objetivo al finalizar el mandato del presidente Gustavo Petro es que un total de 36.351 madres comunitarias y sustitutas mayores de 57 años tengan la posibilidad de retiro con esa mesada de jubilación, por lo cual, desde el segundo semestre de este año y hasta el fin del actual periodo presidencial se irán vinculando más beneficiarias al programa hasta lograr la meta.

De acuerdo con el ICBF, en estos momentos hay 5.973 cupos para la entrega del mencionado bono, y en julio próximo se generarán 500 nuevos beneficios, cifra que irá aumentando mensualmente hasta lograr, en noviembre de este año, un total de 4.027 cupos nuevos, lo que representaría una cobertura de 10.000 madres comunitarias al finalizar 2023.

Fuente: ICBF.

Para 2024 se proyecta un aumento de 6.000 cupos y para 2025 se generarían otros 10.000, con lo cual en 2026 quedará un saldo a cumplir de 10.351 beneficios para así completar la cobertura de 36.351 madres comunitarias y sustitutas con subsidio pensional al cierre de este periodo presidencial (que va hasta el 7 de agosto de 2026).

Cabe recordar que desde el año 2011 ya venía entregándose un subsidio a la vejez para exmadres sustitutas y comunitarias del ICBF, por lo que este bono implica una reestructuración de dicho programa con significativos incrementos sobre la cuota que se giraba.

 ¿Cuánto se les pagará a las madres comunitarias con el bono pensional?

Los montos mensuales que recibirán las madres comunitarias mayores de 57 años con esta mesada de jubilación oscilan entre el 80 % y el 95 % del salario mínimo legal vigente, cuotas que dependerán del tiempo que las beneficiarias hayan permanecido en los programas de hogares comunitarios o sustitutos del ICBF.

Así las cosas, este será el valor mensual que recibirán las entonces exmadres comunitarias y sustitutas por concepto de la mencionada cuota de jubilación:

Tiempo de permanencia en los progrmas de hogares comunitarios o sustitutos del ICBF Valor mensual dle subsidio
Más de 10 años y hasta 15 años $ 928.000
Más de 15 años y hasta 20 años $ 1.044.000
Más de 20 años $ 1.102.000

 

¿Qué requisitos deben cumplir las beneficiarias de esta mesada pensional?

El ICBF informó que “los criterios que se tendrán en cuenta para el acceso al subsidio pensional de exmadres comunitarias, en todas sus modalidades, y exmadres sustitutas, se aplicarán de acuerdo con los contenidos en el Decreto 325 de 2022 o los indicados por el Ministerio del Trabajo, que es la entidad competente en la regulación de la materia”.

Así las cosas, y mientras se mantenga lo estipulado en ese decreto, estos son los requisitos que deberán cumplir aquellas personas que hayan ejercido el rol de madres comunitarias del ICBF:

  • Contar con la nacionalidad colombiana.
  • Tener como mínimo 57 años de edad si es mujer o 62 años si es hombre y no reunir los requisitos para acceder a pensión. 
  • No ser beneficiario de un beneficio económico periódico del mecanismo BEPS. 
  • Acreditar la condición de retiro por haber ejercido el rol de madre comunitaria a partir del 16 de junio de 2011. Esta fecha se fija a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1450 de 2011, que creó el subsidio. 

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En cuanto a madres sustitutas de los hogares del ICBF, para recibir el bono pensional estas también deben cumplir con las dos primeras condiciones del grupo anterior: nacionalidad colombiana, edad mínima (de 57 años para mujeres y 62 para hombres) y no reunir los requisitos para acceder a pensión. Además, también deben:

  • Haber desarrollado el rol de madre sustituta por un tiempo no menor a 10 años. 
  • Acreditar la condición de retiro como madre sustituta a partir del 24 de noviembre de 2015.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL