Restricciones y otras prohibiciones para las elecciones de 2022.

Ley seca, toque de queda, fronteras cerradas y más restricciones para las elecciones


Foto: Colprensa.

El Ministerio de Interior emitió el decreto con el cual establece normas para la conservación del orden público durante las elecciones presidenciales 2022. Conoce aquí las principales medidas.

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Avanzan las elecciones presidenciales para colombianos residentes en el exterior, mientras en Colombia esa jornada definitiva cada vez está más cerca.

En aras de dar mayor tranquilidad frente a los comicios del 29 de mayo y a una posible segunda jornada de votaciones el 19 de junio (si hay segunda vuelta presidencial), el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Interior, emitió el decreto de orden público que habitualmente se redacta y firma días previos a elecciones como las que se avecinan.

Se trata del Decreto 830, que fue publicado el 24 de mayo y que, pese a que en algunos puntos precisa fechas específicas, rige en todo el país desde el mismo momento en que se emitió.

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A continuación te explicamos algunas de las medidas más sobresalientes de dicho documento, que contempla una serie de restricciones que, de ser infringidas, pueden acarrear sanciones y multas para quien sea sorprendido desacatando la norma. 

Ley Seca

La prohibición a la venta y consumo de bebidas embriagantes regirá en todo el territorio nacional entre las 6 de la tarde del sábado 28 de mayo y hasta el lunes festivo 30 de mayo a las 12 del medio día.

El mencionado Decreto 830 indica que las infracciones a esta restricción “serán objeto de medidas correctivas por los alcaldes e inspectores de policía y comandantes de estación, de acuerdo con lo previsto en el Código Nacional de Policía y Convivencia”. 

En este enlace conoce más sobre la medida, su posible ampliación y la sanción a la que se expone quien sea sorprendido infringiéndola.

Toque de queda

Tal como sucedió en las pasadas elecciones legislativas, para las jornadas electorales de mayo y junio (si hay segunda vuelta), los gobernadores o alcaldes podrán decretar el toque de queda en sus departamentos, ciudades, distritos especiales o municipios.

Dichas medidas solo podrán tomarse para prevenir posibles alteraciones del orden público durante el tiempo que se considere necesario, de acuerdo con sus facultades legales y con lo recomendado en consejos departamentales o municipales de seguridad o comités de orden público que se realicen de cara a los comicios.

Cierre de fronteras

El Decreto 830 ordena el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados en zonas de frontera con otros países, entre el viernes 28 de mayo, desde las 6 p.m., y el lunes 30 de mayo hasta las 6 a.m..

La norma contempla excepciones para los tránsitos que deban realizarse por razones de caso fortuito o fuerza mayor y exige controles migratorios en los puestos terrestres y fluviales ubicados en zonas de frontera con países vecinos.

Restricciones a vehículos 

Si en los consejos de seguridad o comités de orden público que se adelanten en departamentos o municipios se recomienda restringir la circulación de vehículos automotores, embarcaciones, motocicletas (o de estas con acompañantes), los gobernadores y alcaldes podrán ordenar las restricciones al respecto durante el periodo que se estime conveniente para prevenir posibles alteraciones del orden público.

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Porte de armas

Las autoridades militares son las encargadas de adoptar las medidas necesarias para la suspensión
general de los permisos para el porte de armas en todo el país, desde el viernes 27 de mayo hasta el miércoles 1 de junio.

En caso de darse una segunda vuelta, las restricciones se podrán ordenar entre el viernes 17 y el miércoles 22 de junio.

Para prevenir posibles alteraciones al orden público, las autoridades militares podrán ampliar estas fechas si así se decide en los consejos departamentales de seguridad.

Manifestaciones y actos de carácter político

El mencionado Decreto recuerda que desde el pasado 23 de mayo y hasta el 30 del mismo mes, solo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados, razón por la cual los seis candidatos que aspiran a la Presidencia de la República hicieron el cierre de sus campañas en plaza pública el pasado fin de semana.

La misma restricción, en una eventual segunda vuelta presidencial, regirá entre el 13 y el 20 de junio.

La norma también dice que antes de realizar desfiles, manifestaciones y demás actos de carácter político en lugares públicos, los interesados deben dar aviso al respectivo alcalde, de conformidad con el Código de Policía, en el cual también se deben basar quienes estén interesados en adelantar actos del mismo tipo en recintos abiertos o cerrados.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL