Preconteo y escrutinio de votos: ¿qué son, en qué se diferencian y cómo se hacen?
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En los procesos electorales en Colombia, siempre se hace un preconteo y un escrutinio de votos, etapas que en las más recientes elecciones arrojaron grandes diferencias por las que hoy se está pidiendo un reconteo de votos.
El pasado 13 de marzo, Colombia vivió su primera jornada electoral de 2022. En ella, el país eligió a los ciudadanos que conformarán durante el periodo 2022-2026 la Cámara de Representantes y el Senado de la República.
Una semana después, la controversia está al rojo vivo, puesto que varios sectores políticos han manifestado dudas frente a los resultados que arrojó el escrutinio de votos al Senado, revelado el pasado 18 de marzo por la Registraduría Nacional, en vista de que este presentó grandes diferencias de datos en relación con el preconteo de los sufragios, que se había conocido días atrás.
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¿En qué consiste cada uno de estos momentos del proceso electoral, cuyos resultados hoy tienen a varios sectores políticos pidiendo un reconteo de votos? Aquí te lo explicamos.
¿Qué es el preconteo de votos y cómo se realiza?
La Registraduría Nacional define el preconteo como “el proceso de transmisión, consolidación y divulgación rápida de los resultados electorales el mismo día de la elección”. Los resultados que se empiezan a entregar minutos después del cierre de las urnas el domingo electoral, a través de la página web de la Registraduría y los medios de comunicación, corresponden al preconteo.
Esta etapa inicia una vez se cierran las urnas, que en el caso de las elecciones del pasado 13 de marzo ocurrió a las 4:00 de la tarde, cuando ya ningún ciudadano podía sufragar y comenzó un “conteo rápido de mesa”, como también le llama la Registraduría al preconteo.
En este proceso, los jurados designados para cada mesa de votación son quienes cuentan, uno a uno, los votos para cada candidato (o lista cerrada de candidatos, en el caso de las pasadas elecciones legislativas) y anotan esos datos en las actas o formularios E-14 correspondientes.
Este formulario está compuesto por tres cuerpos y uno de ellos es entregado a un delegado o recolector de Actas de Escrutinio, quien se comunica vía telefónica al centro de procesamiento, donde uno de los receptores recibe los datos suministrados y los anota en un formato preimpreso conocido como Formato de Transmisión de Resultados (FTR), similar al que tiene el recolector.
Luego de ello, estos FTR son escaneados en un equipo de cómputo que permite verificar e interpretar las imágenes. Según la Registraduría Nacional, cuando el equipo no “entiende” o no “lee” alguno de los números, emite una alerta que obliga al funcionario a corregirlo y, de no tener claridad en el número que se va a transmitir, se devuelve al receptor para que escriba bien el dato suministrado por el recolector.
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La etapa de preconteo concluye cuando el equipo de cómputo, ya con toda la información procesada, genera los boletines con un parámetro de información por porcentaje de mesas informadas o por tiempo. Estos resultados parciales son los que constituyen los boletines que la Registraduría y los medios de comunicación comenzaron a difundir después de las 4:00 de la tarde del 13 de marzo.
Ese preconteo tiene carácter netamente informativo y, según el Código Electoral, carece de valor jurídico vinculante, pues los resultados oficiales de la respectiva elección son aquellos que arroja el escrutinio, a cargo de las comisiones escrutadoras y del Consejo Nacional Electoral.
¿Qué es el escrutinio de votos y cómo se hace?
El escrutinio, según la Registraduría Nacional, "es la función pública mediante la cual se verifican y se consolidan los resultados de las votaciones. Consiste en el conteo y consolidación de los votos depositados por cada candidato y lista de candidatos" (a partir de los datos que arroja el preconteo).
Contrario al preconteo, el escrutinio sí da a conocer los resultados electorales oficiales y definitivos. Este proceso inicia a la par con el preconteo y, al ser más complejo, sus resultados tardan más tiempo en ser conocidos.
El escrutinio está a cargo de comisiones escrutadoras distritales, municipales y auxiliares, integradas por diversos funcionarios como jueces, notarios o registradores de instrumentos públicos, encargados de hacer el respectivo cómputo de los votos depositados en las arcas triclaves.
Un arca triclave es una caja con tres cerraduras o candados, donde se introducen los documentos electorales. Dicha arca queda al cuidado de tres claveros (nombrados por la Registraduría Nacional para recibir, custodiar y velar por la seguridad de los pliegos o documentos electorales), cada uno con una llave para cada cerradura.
Los integrantes de las comisiones escrutadoras inician su tarea de cómputo de votos apenas se cierran las urnas, y lo hacen con base en las actas de escrutinio diligenciadas por los jurados de cada mesa (como los famosos formularios E-14) y a medida que las vayan recibiendo por parte de los claveros respectivos.
Dicho escrutinio se debe desarrollar hasta las 12:00 de la noche del día que inicia y si no es posible terminarlo antes de esa hora, se reanudará a las 9:00 a.m. del día siguiente hasta las 9:00 p.m., y así sucesivamente hasta terminar el correspondiente escrutinio, señala la Ley 1475 de 2011.
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En este proceso también se da un escrutinio general, que corresponde a un cómputo de votos como el ya señalado, pero a nivel departamental. Para ello, según la señalada Ley, “el Consejo Nacional Electoral (CNE) designa a dos ciudadanos que hayan sido Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado, Consejo Nacional Electoral, Tribunal Superior, Tribunal de lo Contencioso Administrativo o Profesores de Derecho, y como secretarios de esta comisión se designan a los dos Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil”.
Los delegados del CNE, continúa la Ley en su artículo 42, deben iniciar y adelantar el escrutinio general desde las 9:00 a.m. del martes siguiente a las elecciones, en la capital del respectivo departamento, “aunque no se haya recibido la totalidad de los pliegos electorales de los municipios que integran la suscripción electoral”.
Toda esta información recopilada, para el caso de las elecciones del 13 de marzo, fue la que entregó la Registraduría el pasado viernes en su informe sobre el escrutinio de las votaciones, con notorias diferencias en los resultados que obtuvieron ciertos partidos entre el preconteo y el escrutinio, algo poco común y que ha despertado suspicacias y reclamos de diversos sectores, como partidos políticos y candidatos de dichas contiendas, que hoy están solicitando un reconteo de los votos
REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL.