Estos son los vehículos que no pueden transitar por las ciclorrutas
Foto: Wikimedia Commons
El Ministerio de Transporte estableció, a través de la resolución 160 de 2017, la reglamentación para los vehículos automotores tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo de combustión interna o eléctrica.
Según la resolución, estos “no podrán transitar por andenes, ciclovías, ciclorrutas o cualquier tipo de cicloinfraestructura destinada al tránsito de peatones o bicicletas”.
Sus conductores deberán cumplir condiciones específicas de seguridad y contar con el seguro del SOAT vigente, para su libre circulación. También, tienen que portar la licencia de conducción y de tránsito, y el certificado de revisión técnico mecánica.
Además, para circular en óptimas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad, estos vehículos automotores deberán incluir espejos retrovisores, placa, luz blanca delantera y luz roja trasera.
¿Sabe cuál es la diferencia entre cada uno? Se lo contamos:
Ciclomotor: Bicicleta equipada con un motor auxiliar hasta de 4 kilovatios de potencia o un motor a combustión de menos de 50 centímetros cúbicos, que ayuda a pedalear.
Tricimoto: Es un triciclo equipado con un motor eléctrico auxiliar de hasta 4 kilovatios de potencia o equipado con un motor a combustión, de menos de 50 centímetros cúbicos de potencia.
Cuadriciclo: Es un vehículo automotor de cuatro ruedas, con peso igual o menor a 450 kilogramos para personas o 600 kilogramos para transporte de mercancía, con motor eléctrico igual o menor a 15 kilovatios de potencia.
Por otro lado, las bicicletas y las bicicletas con pedaleo asistido, si bien pueden circular en las ciclorrutas y vías, sin restricciones; deben usar el chaleco y el casco. Los conductores deben asegurarse de, por ejemplo, en el caso de los puentes peatonales, bajarse y circular con esta a un lado, caminando.
Bicicleta con pedaleo asistido: Tiene un motor eléctrico auxiliar de hasta 0,35 KW de potencia, que ayuda a pedalear. No pesa más de 35 kilogramos. Se desactiva cuando el conductor deja de pedalear o supera los 25 kilómetros por hora.
Para más información, consulte la resolución aquí.