¿Cuáles son las recomendaciones para viajar con tu mascota?
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Ten en cuenta que las personas que transporten mascotas son responsables de su cuidado y del contenedor que usen para llevarlo, así mismo, deben tener en cuenta las normas de higiene y comodidad para los demás pasajeros.
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Por eso, la Superintendencia de Transporte da algunos requisitos para que al momento de desplazarte con tu mascota en los vehículos de servicio público, adoptes las medidas necesarias para no ocasionarle perjuicio a los demás pasajeros.
Aquí las recomendaciones:
1. Debes informarte previamente y seguir al pie de la letra las políticas establecidas por la empresa prestadora del servicio, sobre las condiciones para el transporte de su mascota.
2. La Ley 1801 de 2016 establece que los ejemplares caninos deben ir sujetos por una correa y provistos de bozal cuando se trate de perros potencialmente peligrosos.
3. Deberás transportar a tu mascota en guacales o contenedores debidamente destinados a su movilización. Cuando se trate de animales pequeños, este elemento podrá ser cargado por el dueño.
4. Muchas empresas tienen restricciones relacionadas con las medidas del guacal o contenedor, así como las características del mismo, tales como su rigidez o un número determinado de respiraderos; adicionalmente, el peso de la mascota puede incidir, así como podrán solicitarle que la misma haga uso de pañal. Infórmate previamente antes de emprender el viaje.
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5. Las condiciones de transporte como rutas, horarios habilitados, vehículos, así como el precio del transporte respecto de mascotas de tamaño grande, deberán ser fijadas por la empresa transportadora con el fin de garantizar la comodidad de los usuarios.
6. En materia de salubridad, deberás portar el carnet en el que conste la regularidad y actualidad de las vacunas necesarias para evitar la transmisión de enfermedades como la zoonosis inmunoprevenible y la rabia.
7. De conformidad con el Decreto 1660 de 2003, no podrá ser negado el acompañamiento de animales a personas en condición de discapacidad, sin embargo, no deben obstaculizar una rápida evacuación en caso de emergencia.
8. El Código de Policía, Ley 1801 de 2016, establece que no se les puede impedir el ingreso o permanencia de perros lazarillos que, como guías, acompañen a su propietario en los medios de transporte.
9. Serás responsable del cuidado y del contenedor que uses para llevarlo, bajo las normas de higiene y comodidad para los demás pasajeros.
10. ¡Ojo! si el transporte del animal se da sin observancia de las condiciones de seguridad, salubridad y comodidad exigidas, la misma podrá ser decomisada por la autoridad competente.