¿Qué hago si tengo un vecino ruidoso?


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1. Lo primero que debes hacer es tratar de llegar a un acuerdo con tu vecino. 

2. También, puedes acudir al Comité de Convivencia de tu edificio o conjunto, o a la Junta de Acción Comunal del barrio.

3. Si no logras llegar a un acuerdo, puedes llamar a la línea 123 o acudir a las autoridades (cuadrante o CAI de tu sector). 

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4. Si la policía verifica que hay infracción y no hay duda de los hechos, hará lo siguiente: 

   - Abordará a la persona.

   - Le informará la infracción que presuntamente cometió.

   - El presunto implicado debe ser escuchado, con el objetivo de que se defienda (puede presentar videos, fotos, grabaciones y demás pruebas).

   - Si comprueban la infracción, se podrá imponer un comparendo, e incluso podrán desactivar temporalmente la fuente del ruido, si el infractor se niega a desactivarlo.

5. Después de imponer el comparendo, si el infractor no está de acuerdo, podrá presentar el recurso de apelación ante el inspector de Policía, que verificará las pruebas y confirmará o revocará la medida que fue impuesta. 

6. El comparendo será trasladado al inspector de Policía dentro de las 24 horas siguientes a su imposición y este tendrá tres días hábiles para resolver la apelación (en caso de que se presente).