¿Qué hacer si su arrendatario no le paga, ni le quiere devolver el inmueble?


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Para este caso, existe un trámite que le permite dar por terminado el contrato de arrendamiento, recuperar su inmueble e, incluso, recibir el pago de lo que le deben.
 
 
¿Qué debe hacer? 
El incumplimiento en el pago de las obligaciones del arrendatario, problemas de convivencia con los vecinos, corte de servicios públicos, entre otras violaciones al contrato pactado, son factores claves para darlo por terminado. En este caso, el arrendador puede hacerlo efectivo, comunicando la causa exacta del incumplimiento a su arrendatario y solicitar la entrega del inmueble (artículo 22 Ley 820 de 2003) y la suma de dinero faltante.
 
Esta comunicación o aviso no tiene ninguna formalidad especial, pero se recomienda hacerla por escrito a través de una carta de terminación de contrato, que sirva de prueba en posibles procesos judiciales.  
 
Sin embargo, se recomienda intentar, como primera medida, llegar a un acuerdo entre las partes involucradas.
 
Si esto no es posible, debe acudir ante un centro de conciliación, centro de convivencia, conciliador en equidad, defensoría del pueblo, notaría o –si no cuenta con ninguna de estas entidades en su municipio- puede acudir ante un personero municipal.
 
No obstante, si al terminar el contrato, el arrendatario se rehúsa a entregar el inmueble voluntariamente, usted podrá presentar una demanda civil para que un Juez
ordene la devolución del inmueble arrendado y el pago de los daños ocasionados.
 
La demanda deberá presentarse ante el Juez Civil de donde vive la persona que se demanda o ante el juez de pequeñas causas sin necesidad de abogado. El trámite no tiene costo,  solo si el valor de lo que se reclama en la demanda judicial (cuantía) no supera los 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes. 
 
 
Requisitos generales
 
La comunicación deberá incluir:
1. Nombre completo, y dirección del arrendatario.   
2. Relato de los hechos y causa para la terminación del contrato. 
3. Especificar la fecha exacta o plazo para la entrega del inmueble por parte del arrendatario.
 
 
 
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Con información de LegalApp.