Emergencia Sanitaria

Lo que implica seguir en emergencia sanitaria


Contenido

El presidente Iván Duque anunció la finalización del Aislamiento Preventivo Obligatorio el próximo 31 de agosto, estado que venía rigiendo en el país desde finales del mes de marzo. Por esto, Colombia iniciará una nueva fase de Aislamiento Selectivo de Distanciamiento y Responsabilidad Individual, desde el 1 de septiembre.

Sin embargo, la finalización de la cuarentena no se traduce en que se haya anulado el riesgo de contagio, por lo tanto, el Gobierno Nacional anunció que se extenderá el estado de emergencia sanitaria hasta el 30 de noviembre, para poder mantener el control sobre el comportamiento de la covid-19 y seguir tomando decisiones rápidas para el combate contra su avance.

Lee también: Las claves para entender el Aislamiento Selectivo

"La emergencia sanitaria como herramienta de control, de supervisión y de medidas rápidas por parte del Ministerio de Salud, va a ser extendida hasta el 30 de noviembre, estará por un período de 90 días más donde nosotros estaremos monitoreando el comportamiento de la pandemia", aseguró el presidente en el programa ‘Prevención y Acción’.

¿Qué es la emergencia sanitaria?

El estado de emergencia es una medida de excepción que puede adoptar el gobierno, en el que el Presidente de la República está facultado para expedir normas, a través de un decreto legislativo, sin necesidad de tener que tramitarlas ante el Congreso de la República.

Las normas que se expidan dentro de este estado solo pueden ser relacionadas con la emergencia que vive el país y en ningún caso podrán ir en contravía o buscar modificar la Constitución Política, ni afectar los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Te puede interesar: Ingreso Solidario y otras ayudas para colombianos en la pandemia

Esta posibilidad está contemplada en la Constitución Política, en el artículo 215:

“Cuando sobrevengan hechos distintos que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país podrá el Presidente, con la firma de todos los ministros, declarar el Estado de Emergencia (…) Mediante tal declaración, que deberá ser motivada, podrá el Presidente, con la firma de todos los ministros, dictar decretos con fuerza de ley, destinados exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos. Estos decretos deberán referirse a materias que tengan relación directa y específica con el Estado de Emergencia, y podrán, en forma transitoria, establecer nuevos tributos o modificar los existentes”

Este es el tercer periodo de emergencia sanitaria en el país. En primer lugar, fue declarado este estado el 12 de marzo, por la llegada de la covid-19, e iba hasta el 31 de mayo inicialmente, sin embargo, decidió extenderse hasta el 31 de agosto.

Ahora, el Gobierno decidió mantenerlo, a pesar de finalizar la cuarentena, para poder actuar de manera ágil hasta el 30 de noviembre.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL