Pago de prima

Estas son las personas que se beneficiarán por el adelanto de la prima


Los servidores públicos recibirán la prima de fin de año en noviembre.

Conoce todos los detalles de la propuesta del Gobierno para adelantar la prima a los servidores públicos, para poder adelantar las compras de diciembre.

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En el programa ‘Prevención y Acción' el presidente de la República, Iván Duque, y el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, anunciaron la creación del decreto que permitirá pagar la prima de Navidad de manera adelantada a los servidores públicos desde el 15 hasta el 30 de noviembre.

Este anuncio se da luego de confirmarse la fecha del tercer día sin IVA en el país, que se dará el próximo 21 de noviembre. El mandatario informó que quienes hacen parte del sector oficial recibirán su prima en la segunda quincena del presente mes.

El mandatario aseguró que esta medida beneficiará a 1'200.000 trabajadores, asociados al Gobierno Central del país, haciendo énfasis que este adelanto aplicará solo para los servidores del orden nacional.

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Por esa razón, el ministro Cabrera invitó a todas las entidades territoriales, es decir, las alcaldías y gobernaciones, a unirse a esta iniciativa para poder facilitar a los empleados públicos que hagan sus compras de fin de año en noviembre y no en diciembre, en busca de evitar aglomeraciones.

"Para nosotros es clave que las entidades de orden territorial nos acompañen en este momento", afirmó el ministro.

También el ministro hizo referencia a la nueva propuesta de Fenalco, con la que plantean que también las empresas privadas puedan adelantar la prima de diciembre.

Cabrera aseguró que para este sector no se necesita una norma adicional que habilite a los empresarios a adelantar el pago, ya que el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo solo hace referencia a la fecha máxima para ese pago, es decir, el 20 de diciembre, más no una fecha límite de inicio, "por lo tanto es voluntad y liberalidad en ese sentido". 

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El artículo citado por el ministro dice que: "el empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar dentro de los primeros 20 días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado".

Debido a la pandemia y la crisis económica derivada, el Gobierno permitió a las empresas y trabajadores la posibilidad de llegar a un acuerdo para realizar el pago de la prima de junio, en máximo 3 cuotas, con fecha límite el 20 de diciembre, por lo tanto, en algunos casos se puede presentar que los trabajadores tengan acumulada una fracción de la prima de junio con la de fin de año. 

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL