Despido sin justa causa: ¿Qué puedo hacer en este caso?
Conoce aquí cuál es la diferencia entre un despido con y sin justa causa en Colombia y qué puedes hacer en el segundo caso.
Para entender que es un despido sin justa causa en Colombia, debemos entender que esta opción se divide en dos posibles categorías: con justa causa y sin justa causa. Si la terminación del contrato se da de manera unilateral debido a una falta grave cometida por el empleado esto se considera con justa causa.
Sin embargo, el empleador debe dejar como constancia algún documento en el que se especifique cuál fue la o las faltas qué desencadenaron el despido. Las razones pueden variar según el tipo de empresa y cargo del empleado, generalmente especificadas en el contrato que se firma al inicio del vínculo laboral.
Los despidos sin justa causa, a su vez, son la finalización unilateral del contrato, pero en esta ocasión no cuentan con un respaldo válido o de suficiente peso para quitar el empleo al trabajador.
Las razones pueden ir desde confrontamientos personales hasta largas incapacidades o embarazos. En estos casos, el empleado puede reclamar ante el Ministerio de trabajo y demás entidades las acciones respectivas para que les sean reconocidos sus derechos por un despido sin justa causa.
La primera instancia o derecho primordial del empleador es recibir una indemnización por los perjuicios o cubriendo parte del dinero no pagado por no haber permitido completar el contrato.
Adicionalmente, puede reclamar que le sean reconocidos todos los conceptos relacionados con salarios, prima y prestaciones de ley.
Según el portal web legalapp, del Ministerio de Justicia de Colombia, estas son 3 acciones que puedes ejecutar en caso de ser víctima de un despido sin justa causa:
1. Debes saber que cualquier despido sin justa causa te otorga el derecho a que seas indemnizado por los perjuicios causados. Si el empleador no hace el pago de la indemnización, se recomienda intentar solucionar la situación directamente con él, solicitándole el pago de la indemnización a que tienes derecho, preferiblemente por escrito.
2. Si no llegan a ningún acuerdo puedes acudir ante el inspector de trabajo, del Ministerio de Trabajo, allí se adelantará la figura de conciliación, para tratar de llegar a un acuerdo y que se reconozca la indemnización a la cual tiene derecho
3. Si no hay conciliación con el inspector de trabajo podrás presentar demanda ante el juez laboral del último lugar donde se haya prestado el servicio o del domicilio del demandado, es decir, del empleador. Donde no haya ante juez civil del circuito.
· En caso de que en tu municipio no haya juez laboral, la demanda deberá presentarse ante el juez civil del circuito.
REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL