Alivio en impuesto de renta para empresas afectadas por COVID-19
A través del Decreto 766 de 2020 el Gobierno Nacional y el Ministerio de Hacienda anunciaron la medida para dar alivios tributarios a las empresas que han visto afectados sus ingresos por el aislamiento y el coronavirus.
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En este decreto se contemplan reducciones en el anticipo que deben hacer las empresas al impuesto de renta. El Artículo 1 del documento determina "Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios calcularán el anticipo del alivio gravable 2020 con base en las divisiones o grupos de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU) 4.0. adoptada por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales"
Es decir, dependiendo de su clasificación CIIU, las empresas podrán acceder a una reducción en el anticipo de renta, entre el 0% y 25%.
Sectores como la fabricación de motores, aparatos de uso doméstico, juegos y juguetes, joyerías, actividades de fotografía, organización de eventos, extracción de petróleos, entre otros, tendrán una reducción en el anticipo de renta al 25%
Actividades como el transporte aéreo de pasajeros, el alojamiento, actividades recreativas y deportivas tuvieron una reducción al 0% del anticipo del impuesto de renta.
Este anticipo, regularmente, corresponde al 25% para empresas que vayan a declarar renta por primera vez, 50% para quienes declaran renta por segunda vez y del 75% desde la tercera declaración en adelante.
El director de la Dian, José Andrés Romero aseguró que esta iniciativa significaría cerca de $1,2 billones de pesos en flujo de caja para las empresas beneficiadas.
REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL