¿Sabes de un caso de maltrato animal? Conoce la nueva línea de denuncias
Conoce aquí este nuevo mecanismo para denunciar casos de maltrato animal en Bogotá y los tipos de lesiones que puedes reportar.
La ciudad de Bogotá ha reiterado su compromiso con la erradicación del maltrato animal y la protección de los mismos, además de crear campañas para fortalecer la adopción de mascotas, en vez de comprarlas. En esta ocasión ha presentado un nuevo mecanismo de denuncia para casos de abusos, lesiones y demás daños.
Por medio de una línea que acoge los reportes de los habitantes de Bogotá, se espera ayudar en casos relacionados con las distintas modalidades de maltrato animal: negligencia, crueldad, sobreexplotación o explotación comercial, sufrimiento, maltrato emocional y físico, abandono y abuso sexual.
De esta manera el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA) presentó la Línea contra el maltrato animal (018000115161) en la que cualquier ciudadano podrá comunicarse con un operador para reportar una situación de maltrato y otorgar la información de la que disponga, junto con sus datos personales de contacto.
En la llamada, el operador hará diversas preguntas y corroborará datos importantes como la dirección donde está el animal, los horarios de permanencia del presunto maltratador en el lugar y la evidencia del caso.
La información recolectada será analizada por especialistas para determinar el tipo de situación presentada y su nivel de gravedad (alta, media o leve).
¿Qué es el maltrato animal?
El IDPYBA define el maltrato como un comportamiento socialmente inaceptable que, de forma intencional o no intencional, vulnera el bienestar animal y conlleva al sufrimiento de hambre, sed o desnutrición; dolor o malestar físico; desarrollo de enfermedades por negligencia o descuido; temor y estrés, e imposibilidad para manifestar el comportamiento natural provocando dolor, sufrimiento o muerte.
Por esta razón, la nueva línea podrá actuar de manera más eficaz en la atención de los casos de maltrato animal, sin incurrir en esfuerzos frustrados por alertar a las personas que puedan estar atentando contra los animales, ya que en la actualidad son numerosos los reportes de la ciudadanía que resultan fallidos.
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Del total de visitas de verificación realizadas por el Escuadrón Anticrueldad de la Alcaldía para revisar las condiciones de vida de un animal la mayoría termina sin efecto por cinco razones:
1. No se permite el ingreso al predio
El IDPYBA destaca que sus funcionarios no pueden ingresar por la fuerza a ningún inmueble; esa facultad solamente está reservada para el Cuerpo de Bomberos junto con la Policía Nacional, con una orden de ingreso previamente expedida por un inspector de policía, si hay un riesgo inminente de muerte del animal.
Cuando no hay peligro vital y si el propietario se niega a permitir el ingreso, debe solicitarse una intervención de la Policía Nacional, la alcaldía local, la Personería Distrital y el IDPYBA en calidad de acompañante y veedor del estado del animal.
2. No se encontró a alguien que atendiera la visita.
3. No se hallaron los animales referenciados en las peticiones.
4. No se localizó el predio.
5. Los hallazgos de la visita no corresponden a la información de la petición.
¿Cuáles son los tipos de conductas de maltrato animal?
- Negligencia: omisión del cuidador de un animal para proveer sus necesidades básicas, sean físicas o mentales, desatendiendo las condiciones adecuadas para su bienestar.
- Crueldad: conducta derivada del maltrato en la que se consideran, además de las lesiones generadas, el sufrimiento físico, emocional o psicológico causados según su frecuencia, duración, intensidad y secuelas.
- Sobreexplotación y/o Explotación comercial: uso excesivo de los animales en una actividad lucrativa, deportiva, reproductiva o de entretenimiento, entre otras, sin brindar condiciones adecuadas de bienestar animal y conducentes al deterioro de la salud física y mental.
- Sufrimiento animal: presencia de un estado mental desagradable por parte de un animal, independientemente de la situación que lo ocasione.
- Maltrato físico y/o emocional: toda acción u omisión que, por parte de un ser humano a través del uso de la fuerza, genere lesiones físicas o emocionales, dolor innecesario y/o daños a la salud de un animal.
- Abandono: desentendimiento completo por parte del tenedor para proveer los cuidados básicos al animal y garantizar su bienestar.
- Abuso sexual: cualquier acto sexual abusivo en el que un animal es utilizado por una persona como medio para obtener estimulación o gratificación sexual, y que puede incluir lesiones.
REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL