Seguridad Social: qué es y cómo calcularla
En Canal Institucional te contamos qué es la seguridad social, para qué sirve y cómo calcular el valor que debes pagar en 4 simples pasos.
La seguridad social en Colombia hace referencia a los derechos que tiene una persona al estar laborando, con el fin de que se les garantice el bienestar actual y futuro, a través de la salud, la pensión y la protección ante posibles accidentes laborales.
La seguridad social se conforma por los tres tipos de entidades nombradas anteriormente, a las cuales el empleado o empleador deberá realizar sus respectivos aportes: empresa prestadora de salud (EPS), fondo de pensiones y ARL (Administradora de Riesgos Laborales).
¿Quién debe pagar seguridad social?
Todos los empleados o trabajadores independientes deben pagar seguridad social, también existen otros casos específicos donde se deben realizar estos aportes:
Empleados dependientes: en este caso la responsabilidad de la afiliación y una parte del pago recae sobre el empleador.
Trabajadores independientes: para este tipo de afiliados, la responsabilidad es del mismo trabajador, puesto que es el quien deberá pagar y hacer la gestión para hacer parte del sistema de seguridad social.
Practicantes universitarios: en este caso se debe revisar las condiciones específicas del contrato de aprendizaje y la etapa de práctica en la que se encuentre el estudiante, pues si está en la etapa lectiva, únicamente se debe afiliar a salud, pero cuando está en la etapa práctica se debe afiliar a riesgos laborales.
Pensionados: los pensionados que sigan laborando, deberán aporta a salud y riesgos laborales, pero, si no laboran solo deberán aportar a salud.
¿Cuánto se debe pagar de seguridad social?
Para el calcular el aporte mensual que se debe realizar a la seguridad social, hay que tener en cuenta el ingreso base de cotización del empleado (conocido por su sigla IBC), el cual es el valor que recibe el empleado como salario y que exclusivamente se encuentre bajo este término.
Dependiendo del tipo de contrato, del tipo de trabajador (dependiente o independiente), el IBC sobre el que se calcule la seguridad social puede variar, entre el 40% y el 100% de los ingresos.
Es muy importante tener en cuenta que el IBC no puede ser inferior a un salario mínimo mensual, es decir, que, si el trabajador labora medio tiempo, por días o en el caso de un trabajador independiente que luego de aplicar el 40% su IBC esté por debajo de un mínimo, este deberá aproximarse a un SMMLV.
También se debe aclarar que existe un monto máximo de cotización, el cual es 25 SMMLV.
¿Cuáles son los porcentajes de la seguridad social?
Cuando hayas determinado el IBC del empleado podrás liquidar cada aporte a la seguridad social de la siguiente manera:
Salud: 12.5%
Pensión: 16%
ARL: varía según la clase de riesgo que puede estar entre 0.522%, para un empleado con riesgo Nivel I, hasta 6.960%, para un trabajador con riesgo Nivel V.
Del porcentaje de salud y pensión el empleado deberá cubrir el 4% de cada concepto, para ello el empleador deberá descontarle dicho valor, de los pagos que se le realicen.
La ARL la debe cubrir el empleador en un 100% sobre el valor a pagar.
Por esta razón, para el caso de trabajadores dependientes, la distribución de porcentajes es la siguiente:
Empleador Empleado
Salud 8.5 % 4%
Pensión 12 % 4%
ARL Según el riesgo 0
¿Cómo calcular lo que debo pagar de seguridad social?
Para hacer este cálculo es fundamental determinar el valor del IBC sobre el que cotizarás, el cual puedes consultar con tu empleador, o si eres trabajador independiente será del 40% de tus ingresos.
Posteriormente harás la siguiente operación:
- Calcula lo que debes pagar de salud: IBC x 0,125
- Calcula lo que debes pagar de pensión: IBC x 0,16
- Calcula lo que debes pagar de ARL: IBC x porcentaje según tu nivel de riesgo (Nivel I: 0,00522; Nivel II: 0,01044; Nivel III: 0,02436; Nivel IV: 0,0435; o Nivel V: 0,0696)
- Finaliza sumando los 3 resultados anteriores
Por ejemplo, una persona cotiza sobre un IBC de $1’000.000 y tiene un Nivel I de riesgo, por lo tanto, este sería el cálculo de su seguridad social:
- Salud: 1.000.000 x 0,125: 125.000
- Pensión: 1.000.000 x 0,16: 160.000
- ARL: 1.000.000 x 0,00522: 5.220
- Total: 125.000 + 160.000 + 5.220 = 290.220
¿La seguridad social se paga mes vencido o anticipado?
La seguridad social se debe pagar mes vencido tanto para trabajadores independientes, como para trabajadores con contrato laboral.
Anteriormente los trabajadores independientes debían realizar los aportes de manera anticipada y presentarla a su contratante, pero desde el año 2018 con el decreto 1273 del mismo año, los independientes pagan mes vencido y el contratante no podrá exigirle de manera anticipada dicho pago.
REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL