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Esta es la fecha en que iniciará el pago de Colombia Mayor


Prosperidad Social anunció que los pagos del ciclo 8 de Colombia Mayor comienzan este 30 de agosto. Conoce aquí cómo reclamar el subsidio.

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Según informó el Departamento de Prosperidad Social (DPS), desde el próximo lunes 30 de agosto y hasta el próximo 10 de septiembre estará disponible el subsidio de Colombia Mayor para 1.690.640 adultos mayores beneficiarios de este programa. Los inscritos podrán reclamar $80.000 correspondientes al pago ordinario del ciclo 8 de este año.

Los beneficiaros, o los familiares autorizados, pueden retirar el incentivo en los más de 27.000 puntos del operador SURED y sus aliados, encargados de la entrega del subsidio en todos los municipios del país.

Puedes consultar el directorio de los puntos de pago por municipio, para que identifiques el más cercano a tu ubicación dando clic aquí.

“El Gobierno Nacional dispuso para este ciclo $147.601.885.000, garantizando los recursos para esta población”, afirmó la directora de Prosperidad Social, Susana Correa.

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¿Cómo cobrar el subsidio?

Recuerda que este subsidio solo se puede reclamar de manera presencial en alguno de los puntos de pago de SUBRED y sus aliados respectivos en cada municipio. El beneficiario debe acudir con su cédula para que se haga la entrega del giro.

En caso de que el beneficiario no se pueda desplazar o deba permanecer en su hogar, el cobro se puede hacer a través de un tercero, de dos maneras:

1. Aval de pago a terceros: las alcaldías municipales y distritales podrán dar aval para que los terceros autorizados por adultos mayores puedan recibir la transferencia del programa. Para esto las alcaldías remitirán a las direcciones regionales de Prosperidad Social el listado de los casos avalados para pago.

2. Poder autenticado ante notario o juez: a través de un poder autenticado ante notario o juez, un tercero autorizado por el adulto mayor beneficiario del programa podrá recibir la transferencia, presentando las cédulas originales del autorizado y del beneficiario y entregando el poder original, que no puede tener una vigencia superior a 30 días calendario, y la fotocopia de la cédula del adulto mayor.

REDACCIÓN CANAL INSTITUCIONAL